Novedades IRPF 2015 - A partir del 12/07


El pasado 12/07/15 el Gobierno realizó nuevas reformas en cuanto a las retenciones.

Estos cambios nos afectan, entre otros, en: 

.- Retenciones de nóminas.

.- Retenciones de alquiler (tanto facturas que hacemos como las que recibimos)

.- Facturas de autónomos profesionales que aplican retención (tanto las que hacemos como las que recibimos)


Os paso a detallar los cambios y fechas de vigencia

  • Para los que emiten facturas o recibos en concepto de conferencias, cursos, seminarios:
    • Del 01/01/2015 al 11/07/2015 - Retención del 19%.
    • Del 12/07/2015 al 31/12/2015 - Retención del 15%
    • A partir del 01/01/2016 - Retención del 15%
  • Retenciones de alquiler:
    • Del 01/01/2015 al 11/07/2015 - Retención del 20%
    • Del 12/07/2015 al 31/12/2015 - Retención del 19,50%
    • A partir del 01/01/2016 - Retención del 19%
  • Retenciones en factura de autónomos con actividad profesional:
    • Del 01/01/2015 al 11/07/2015 - Retención del 19%
    • Del 12/07/2015 al 31/12/2015 - Retención del 15%
    • A partir del 01/01/2016 - Retención del 15%
  • Para los de actividad nueva se podían aplicar el 9%, el año del alta y los dos siguientes, esto ahora queda:
    • Del 01/01/2015 al 11/07/2015 - Retención del 9%
    • Del 12/07/2015 al 31/12/2015 - Retención del 7%
    • A partir del 01/01/2016 - Retención del 7%.

Tener presente que SIEMPRE se aplica la retención en el momento del pago o cobro, por lo que si a fecha de hoy tenemos facturas pendientes de cobrar o pagar, la retención se debe hacer al tipo aplicable a partir del 12/07/2015. 

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