Para este 2015 hay NUEVOS cambios a nivel fiscal en cuanto a las RETENCIONES (IRPF) y Seguridad Social , y os pasamos a detallar lo más relevante.
Entre otros en las retenciones a aplicar.
-
Las retenciones de alquiler de locales de negocio, pasan de ser de un 21% a un 20%.
- Las retenciones de autónomos profesionales tenemos lo siguiente:
-
- Para alta nueva, el 9% en el año del alta, más los dos siguientes. Esto no ha cambiado.
- A partir de enero de 2015 la retención en factura que hasta la fecha era de un 21% para 2015 pasa a ser de un 19% y a partir de 2016 será de un 18%.
- Comentar que si durante el año anterior, nuestra renta anual ha sido inferior a 15.000€ (teniendo en cuenta rentas como autónomo así como empleado por cuenta ajena y que la de autónomo supere un 75% los ingresos globales), nos podemos aplicar una retención en factura del 15%.
- Para estar en módulos los límites de facturación se han reducido bastante, pasando de 450.000€ a 150.000€ y, a nivel de gastos, de 300.000€ a 150.000€.
- Siendo autónomos para estar en estimación directa simplificada, la facturación debe ser inferior a 500.000€. Si superamos el umbral hay que ir por estimación directa normal de IRPF.
- A nivel de seguridad social, han subido la base mínima de cotización, pasando de los 875,70€ actuales a 884,40€; lo cuál afecta a la cuota mensual que pagamos. La cuota habitual sin reducciones era de 261,83€ y pasa a ser de 264,44€ al mes. Estos importes son sin reducciones ni bonificaciones.
Escribir comentario